El próximo lunes dedicaremos la clase a conocer y debatir sobre la reforma laboral del 2012 Medidas urgentes para la reforma del merca...
El próximo lunes dedicaremos la clase a conocer y debatir sobre la reforma laboral del 2012
Medidas urgentes para la reforma del mercado laboral
Vídeo resumen del gobierno sobre medidas de la reforma

La reforma laboral es muy agresiva, en palabras de nuestro ministro de economía . Muchas de las cosas que hemos estudiado en clase han cambiado y no precisamente para mejor.
Voy a intentar hacer una síntesis:
Para los contratos antiguos la nueva indemnización de
33 días sólo será de aplicación para el periodo de trabajo que se realice a partir de la aprobación la norma.
Medidas urgentes para la reforma del mercado laboral
La reforma laboral

La reforma laboral es muy agresiva, en palabras de nuestro ministro de economía . Muchas de las cosas que hemos estudiado en clase han cambiado y no precisamente para mejor.
Voy a intentar hacer una síntesis:
1. Despido improcedente más económico. La reforma laboral rebaja la indemnización por despido improcedente para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades en lugar de 42 como hasta ahora.
33 días sólo será de aplicación para el periodo de trabajo que se realice a partir de la aprobación la norma.
2. Ampliación de las causas por despido objetivo. El
despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción- mantiene la misma indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
No obstante, la nueva norma matiza las causas económicas, de tal forma que la disminución de ingresos durante 3 trimestres consecutivos será motivo suficiente para recurrir al despido, tanto individual como colectivo.
3. - No hará falta autorización previa de la administración para los ERE(expedientes regulación empresas). El Gobierno suprime la exigencia de autorización administrativa previa para las regulaciones de empleo.
4. Contrato indefinido para apoyar a pequeños empresarios. Se crea una nueva modalidad de contrato para pymes( pequeñas y medianas empresas) y autónomos con empresas de menos de 50 trabajadores. El periodo de prueba de estos contratos será de un año. El empresario tendrá una deducción fiscal de 3.000€ cuando contrate a su primer trabajador, siempre que éste sea menor de 30 años. Los empresarios que contraten a un trabajador que estaba en paro podrán deducirse el 50% de la prestación que estuviera cobrando. Por su parte, el empleado podrá recibir, junto a su sueldo el 25% de la prestación.
5. Las ETT(empresas de trabajo temporal) se encargarán de la colocación. La normativa permite que las Empresas de Trabajo Temporal actúen como agencias privadas de colocación para facilitar que los desempleados encuentren trabajo.
6. Derecho a 20 horas de formación anuales para todos los trabajadores. Los trabajadores con más de un año de antigüedad tendrán un permiso retribuido de 20 horas de formación al año pagadas por su empresa y vinculado al puesto de trabajo.Ésta es una medida necesaria para mejorar la competitividad y la innovación en nuestras empresas.
7. Negociación colectiva: La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años. Hasta ahora se iban prorrogando indefinidamente. Esto supone que en aquellos sectores donde no se consiga llegar a un acuerdo entre sindicatos y patronal, perderán su normativa específica y se les aplicará la general.
8. El contrato de formación. La edad máxima para
acceder a este tipo de contrato se mantiene en 30 años. Recordemos que estos trabajadores no alcanzan el Salario Mínimo Interprofesional (cobran en torno al 85% del SMI). Son los minijobs, aunque lo llamen de otra forma.